jueves, 5 de septiembre de 2013

LOS DERECHOS SINDICALES EN EL MUNDO -9- KOREA DEL SUR

Persistieron durante 2011 la violencia policial y las sanciones penales contra los huelguistas, junto con un recurso cada vez mayor a las demandas judiciales contra huelguistas y sindicatos para reclamar unas indemnizaciones enormes por daños y perjuicios. Desde la elección en 2008 del Gobierno conservador, el movimiento sindical coreano ha observado una represión creciente y un deterioro en el trato que reciben sus miembros. Los empleadores contratan sistemáticamente a trabajadores y trabajadoras de forma precaria para impedirles en concreto crear y afiliarse a sindicatos. Los derechos sindicales están restringidos en el sector público, y las enmiendas a las legislación laboral de 2010 restringen más aún la actividad sindical.

La crisis económica ha intensificado los conflictos en las relaciones laborales, dado que las empresas desean políticas cortoplacistas de despidos masivos y recortes unilaterales a los salarios y las condiciones laborales.
Numerosas categorías de funcionarios públicos, así como el personal que se ocupa de los sindicatos o de las relaciones laborales, se ven privados de sus derechos sindicales. La ley prohíbe además que los trabajadores despedidos puedan seguir perteneciendo a un sindicato. Por otra parte, los funcionarios públicos y los docentes tienen prohibido participar en “actos contrarios a sus obligaciones” cuando estén llevando a cabo sus actividades sindicales – disposición que puede dar lugar a abusos – y tampoco pueden participar en ningún tipo de “actividades políticas”. El derecho a la negociación colectiva también está limitado en el sector público dado que las leyes y presupuestos prevalecen sobre cualquier convenio colectivo.
El derecho de huelga está reconocido, pero las huelgas que no estén directamente relacionadas con las condiciones laborales en seguida se consideran ilegales – el Artículo 314 del Código Penal prohíbe “la obstrucción a la actividad comercial”. A los funcionarios públicos y docentes se les deniega este derecho, y la lista de “servicios esenciales” excede la definición de la OIT.
Con la enmienda a la Ley de Ordenación de las Relaciones Laborales y Sindicales del 1 de enero de 2010 quedó prohibido que los empleadores paguen un sueldo a los dirigentes sindicales a tiempo completo. En su lugar se ha establecido un sistema de tiempo libre para prescribir el número máximo de dirigentes sindicales y de horas que se pueden dedicar a las actividades sindicales en cada lugar de trabajo en función de su tamaño. 
 
La acción colectiva a menudo se vuelve “ilegal” incluso al margen de los servicios esenciales, debido a la complejidad de los procedimientos legales a la hora de organizar una huelga. El Gobierno ha seguido reprimiendo severamente este tipo de acciones colectivas, llegando a encarcelar a cientos de sindicalistas. En la mayoría de los casos, la acusación principal ha sido “obstrucción a la actividad comercial”. Los sindicalistas que hacen huelga “ilegalmente” son condenados a menudo a un año de prisión, o al pago de una multa, que puede llegar a ser muy elevada. Además las autoridades suelen mantener aislados a los sindicalistas en prisión, para evitar que organicen acciones colectivas allí.
Las autoridades se aprovechan de la violencia que tiene lugar en algunas manifestaciones y huelgas para justificar la detención de dirigentes sindicales. Los sindicalistas insisten por su parte en que la acción policial representa una provocación innecesaria y que es desproporcionadamente brutal. Los jueces llegan a expedir órdenes de arresto en cuanto los trabajadores inician una huelga e incluso, a veces, en el momento en que ésta es anunciada. La policía o las agencias de seguridad montan operaciones de vigilancia (en ocasiones muy sofisticadas) con el objetivo de capturar a los líderes de las huelgas. Dicha vigilancia se ejerce en ocasiones en torno a los familiares de los sindicalistas. Las oficinas y las telecomunicaciones de los sindicatos están bajo vigilancia constante.
En abril se informó que varios fiscales habían estado tomando muestras de ADN de trabajadores declarados culpables de implicarse en huelgas y otras actividades. Esta práctica, que actualmente se centra en los trabajadores que participaron en una huelga de Ssangyong Motor y en la ocupación de Daelim Motor, al parecer se venía llevando a cabo desde marzo en las fiscalías de distrito de todo el país.
Precarización y derechos sindicales restringidos: El nivel de precarización laboral en Corea es muy elevado (más del 50%), pero según los sindicatos las recientes iniciativas de privatización y fusión de los servicios públicos están haciendo que esta cifra se incremente aún más, al igual que los despidos de funcionarios y la inestabilidad del empleo, además de provocar un deterioro en las condiciones laborales de los empleados que continúan trabajando. Los trabajadores/as temporales tienen derechos limitados para sindicalizarse. En febrero de 2010 las estimaciones revelaban que más de cinco millones de trabajadores, es decir un tercio de la mano de obra surcoreana, habían pasado a ser trabajadores contractuales, recibiendo tan sólo el 60% del promedio salarial de los trabajadores con contrato de duración indefinida. Según los sindicatos coreanos, la nueva Estrategia Nacional de Empleo 2020, una iniciativa del Gobierno para incrementar las tasas de empleo, contiene disposiciones que no harán sino desregular aún más las agencias de empleo privadas, propagar el empleo indirecto y hacer que aumente el trabajo precario. Las cifras de 2011 muestran que las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras en situación irregular son mucho peores que antes, y el salario medio se sitúa ahora en casi la mitad de lo que reciben los trabajadores con contratos clásicos.
 
La interpretación del Gobierno y los tribunales es que la reestructuración, la privatización, los despidos, etc. entran dentro de la categoría de derechos de la dirección y que por lo tanto las huelgas para impedir tales medidas no están permitidas. Según Kwon Du-seop, un abogado del Centro jurídico de la central sindical KCTU, las demandas por daños y perjuicios en el lugar de trabajo se están utilizando principalmente para suprimir el derecho de huelga y para acabar con los sindicatos. Persisten también las preocupaciones ante el favoritismo de los tribunales para con la dirección de las empresas durante los procesos judiciales.
El 24 de junio el Subsecretario General de la Federación Internacional de Trabajadores de las Industrias Metalúrgicas (FITIM), Fernando Lopes, acompañó a una delegación que visitó la Asamblea General para informar sobre el uso reciente de una violencia excesiva contra los sindicatos de la República de Corea.

                   Texto del informe anual sobre violaciones de los derechos sindicales de la OIT
 
 

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