sábado, 29 de septiembre de 2012

LA REFORMA LABORAL O IDEOLOGÍA EN VENA


Desde la publicación del RDL 3/2012 de 10 de febrero y de la Ley 3/2012 de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, se ha producido una ruptura abrupta del marco de relaciones laborales.

El calado de la reforma ya lo vamos viendo en la práctica: desequilibrio brutal entre trabajador y empresario (dónde queda el Derecho del Trabajo como instrumento “equilibrador” de una relación jurídica desigual), falsedad a la hora de crear más puestos de trabajo, etc.

Esta ruptura del marco laboral supone la ruptura de los cauces de composición de conflictos existente hasta entonces. Esto nos puede llevar a ver relaciones laborales extinguidas contraviniendo el ordenamiento laboral vigente pero con la más absoluta indefensión por parte del/de la trabajador/a.

Los cauces pacíficos de resolución colectiva de los conflictos laborales también han sufrido una abrupta ruptura. El empresario ya no necesita del visto bueno administrativo para la extinción colectiva de contratos de trabajo. Esto supone que las estadísticas de extinción colectiva de contratos de trabajo se hayan incrementado un 64 % respecto al año 2011. Lógico si se tiene en cuenta la desaparición del control administrativo y la obligatoriedad de alcanzar un acuerdo en el periodo de consultas para obtener el beneplácito de la autoridad laboral.

La protección por desempleo también ha sufrido una seria reforma, esta vez en virtud del RDL 20/2012 de 13 de julio. Aquí la excusa es que los presupuestos destinados a esta protección social son insostenibles con el nivel de endeudamiento de las Administraciones Públicas (mandato europeo, en definitiva). No sólo se ha reducido el porcentaje de la base reguladora al 50 % a partir del 181 día de prestación sino que se ha sumado el coste por entero de la cotización a la seguridad social al trabajador desempleado, eliminando el 65 % de esta cotización que hasta ahora soportaba (y formaba parte de la prestación pública) el Estado.

Por aquello de ser débil con el fuerte y fuerte con el débil, aquellos trabajadores que entran en la década de los 50 a los 60 y que han agotado su prestación contributiva de desempleo y son transparentes para el mercado de trabajo, vamos a facilitarles la vida: aumentamos de 52 a 55 años la edad para poder acogerse al subsidio de desempleo, 426 € hasta alcanzar la edad de jubilación (siempre que cumplan los requisitos para jubilarse, excepto la edad), eso sí, nada de cotizar al 125 % de la base mínima del grupo de cotización a la seguridad social cuando perdieron su empleo, no vaya a ser que la base reguladora de su futura pensión se dispare y nos desequilibre el Sistema de Pensiones, les reducimos la cotización al 100 % de la base mínima de cotización del grupo de cotización que dejaron.

Demoledora y anticonstitucional (aunque de momento es legalidad vigente ) es la reforma en materia de convenios colectivos. Vamos, que podemos hacernos tranquilamente la pregunta de que, de ahora en adelante, va a ser imposible negociar un convenio colectivo. Desde luego a los empresarios no les es nada rentable negociar ningún convenio colectivo para tener paz social, ya la reforma laboral les otorga otros instrumentos para disciplinar a los trabajadores con el miedo a perder su empleo o con el miedo a ver reducido su salario o condiciones de trabajo.

Pero aunque se llegue a negociar y a acordar un convenio colectivo el empresario puede estar tranquilo, aquello de la fuerza vinculante de los convenios colectivos recogido en el art. 37.1 de la Constitución Española es dependiendo del color de la cuenta de resultados de la empresa. Tanto el art. 41 como el 51 del Estatuto de los trabajadores actúan de arma de destrucción masiva de cualquier convenio colectivo que haya osado nacer. Pero por si no fuera suficiente con lo anterior queda la “bomba de neutrones” de la limitación de la prórroga extralegal de los convenios colectivos a un año desde que expira la vigencia de éste. En el RDL de febrero se redujo a dos años, pero gracias al trámite parlamentario del proyecto de ley, CiU introdujo una enmienda que rápidamente fue aceptada por el Grupo Popular y en la Ley se introdujo una reducción a sólo un año, con lo que al Sr. Empresario sólo le queda esperar frente a su empresa el paso del cadáver del convenio colectivo, seguido de los trabajadores que lo llevan a enterrar junto con sus condiciones laborales.

Ahora sí, ahora sí, vamos cerrando el círculo, nos hemos cargado las relaciones individuales de trabajo, las colectivas, reducimos las prestaciones por desempleo y nos queda algo?, claro, claro, el sistema de pensiones. Estamos en ello amigo. ¿Qué es eso de calcular la base reguladora de la pensión con los últimos 15 años cotizados?, ¿qué es eso de jubilarse a los 65 años?, ¿qué es eso de jubilarse anticipadamente?. Un buen productor debe morir con las botas puestas y ser exprimido hasta que el empresario obtenga el máximo de plusvalías de su trabajo. Prolonguemos la edad de jubilación hasta los 67 años, calculemos la base reguladora de la pensión con los 25 últimos años cotizados, reduzcamos la posibilidad de acceder a la jubilación anticipadamente, agitemos y quitemos todos los periodos transitorios para llegar a los 67 años de edad de jubilación, aumentemos para calcular la base reguladora de la pensión a toda la vida laboral y obtendremos un sabroso cóctel que nos llevará a que cada trabajador, si tiene una mínima capacidad de ahorro, salga corriendo a la entidad bancaria más próxima para suscribir un plan de pensiones para poder disfrutar de la vida después de la jubilación.

No quiero dejarme en el tintero, ni olvidarme de la reducción bestia que ha sufrido las prestaciones derivadas de la insolvencia o concurso del empresario que abona el FOGASA. Tamaña desvergüenza actualiza aquello de privatizar las ganancias y socializar las pérdidas. Nuestro amigo el empresario se ha forrado en época de vacas gordas y ahora que vienen mal dadas despide a todos los trabajadores, el yate sigue amarrado en el pantalán del puerto, el mercedes en el garaje, los bienes inmuebles a buen recaudo pero mi empresa no puede hacer frente a las indemnizaciones por despido, ya de por sí baratitas (recordemos, todo a 20 días de salario por año trabajado), pues que se haga cargo el FOGASA de pagarles a estos ineptos trabajadores sus indemnizaciones por despido y salarios que les he dejado de pagar hace seis meses. Eso sí, ya se ha encargado el Gobierno de turno, por cierto, obrero y español, de reducir las aportaciones al FOGASA de los “amos” al 0,20 % de la base de cotización, no vaya a ser que los costes de esta insolvencia empresarial lastren el crecimiento de la economía. Ah! Y de regalo, para el año 2013 y 2014 les bajamos un 1 % cada año la cotización de la cuota patronal, así de paso, como el que no quiere, tenemos más justificación para reducir el sistema de pensiones y aumentar las prisas de los trabajadores para formalizar planes de pensiones privados. Nos olvidamos del sistema de reparto actual y que “cada palo que aguante su vela”.

La voracidad de los cambios hace que los artículos de opinión queden desfasados al día siguiente. El Ministro Montoro desmiente la bajada de cotizaciones a los empresarios en

la presentación de los P.G.E. 2013. Solo faltaría que se dispusiera de 3000.000.000 € del fondo de sostenibilidad de las pensiones públicas para garantizar el pago de éstas y se le rebajara la cotización a la seguridad social a los empresarios. Son momentos difíciles y las elecciones autonómicas de Galicia, Euskadi y Catalunya aprietan.

 

Alfons M. García Cabot

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